viernes, 12 de diciembre de 2014

COMPETENCIAS Y ETICA EN UN NUEVO ENFOQUE



COMPETENCIAS Y ETICA EN UN NUEVO ENFOQUE
REF: “EL ENFOQUE COMPLEJO DE LAS COMPETENCIAS Y EL DISEÑO CURRICULAR POR CICLOS PROPEDÉUTICOS”. TOBÓN, SERGIO, PH.D.

POR JUAN C. VARGAS LUNA
MI OTRO YO, EL INICIO DE UN NUEVO CURRICULO.-
Cuando todo esta caído, pensamos que la capacidad de levantarse esta perdida pero el tiempo sigue transcurriendo y el mundo continua con sus necesidades e historias, puede ser la necesidad de sentir confianza transmutada en cualquier cosa, si el cambio es bueno, justifica cualquier método o forma, aceptamos que “el fin justifica los medios”.
Sin embargo luego de una primera apreciación, es necesario determinar si el medio es nocivo, aceptable, malo, etc. Ver en un contexto mayor, diferente de acuerdo a donde se lo ubique. O de acuerdo a quien lo aprecie, pero la forma de encausar o reencausar el problema siempre será con el objetivo de mejorar la situación.
Que medios estamos dispuestos a  aceptar, para el cambio?, aceptaríamos una solución atípica (un castor permanente junto a nosotros), o buscaríamos una solución clásica, acorde a nuestro pensar (comentarios a manera de prologo sobre la película “Mi otro yo. EL CASTOR ”).
ETICA EN LAS COMPETENCIAS.-
Existe un cambio en la educación, eso es de lo que trataremos, asi como en la película comentada, una nueva metodología.
Se considerara las “Competencias como procesos complejos de desempeño ante problemas con idoneidad y compromiso ético, y se enmarcan en la formación integral”[1]

Dentro de cualquier propuesta ha realizarse en nuestro Estado, referida a educación, no se puede ignorar que ya se realizaron algunos cambios, mediante la “Ley 1565 de Reforma Educativa, de fecha 07 de julio de 1994 y la Ley 3009 del Consejo Nacional de Acreditación de Educación Superior”[2].
Actualmente, la nueva Ley Nº 070 AS-EP., un parámetro importante para el desarrollo del País y base de nuestra nueva política Educativa, indica los parámetros que debe seguir la educación, también la educación superior.
Tobón (2007), plantea que: “Competencias, es la organización de los estudios mediante ciclos propedéuticos que posibilitan que los estudiantes vayan estudiando por fases, al término de las cuales pueden optar por varias ofertas educativas y por la vinculación laboral”.
Si a través de este postulado, lo más importante es quizás, la importancia que se daría a la Ética, en todos los niveles y con mayor énfasis en los niveles de educación superior, en cada fase interrelacionando al estudiante con su realidad.
Un objetivo aun mas noble por encima de conocimientos y habilidades, no se reduce exclusivamente a formar competencias, sino que apunta a formar personas integrales, con sentido de la vida, expresión artística, espiritualidad, conciencia de sí, etc., y valores éticos, conseguidos y estimulados en cada ciclo.

Incorporar estos objetivos en cualquier tiempo es lo mas loable, acompaña a esto un proyecto de ciclos Propedéuticos, los cuales bajo un determinado programa (a determinar), en un pregrado de 4 0 5 años, que podrían realizar y luego acreditar para facilitar su inserción laboral-profesional.

Determinar variables en base a nuestro pensar y sentir, seria un desafío para diseñar cada ciclo Propedéutico, en cada nivel determinado por la Ley  Nº 070.

Un plan piloto, comenzando de una nueva curricula con ética como premisa de producto, seria un aporte verdadero a nuestro País, una opción de nuevo ciudadano, formado en competencias y enmarcado en la ética como premisa.

BIBLIOGRAFIA.-


  • TOBÓN, Sergio, Ph.D., “El enfoque complejo de las competencias y el diseño curricular por ciclos propedéuticos”.
  • GACETA OFICIAL Ley 070 “AVELINO SIÑANI – ELIZARDO PEREZ”











[1] TOBÓN, Sergio, Ph.D., “El enfoque complejo de las competencias y el diseño curricular por ciclos propedéuticos”.
[2] GACETA OFICIAL Ley 070 “AVELINO SIÑANI – ELIZARDO PEREZ”

LEY DE LA EDUCACIÓN AVELINO SIÑANI – ELIZARDO PEREZ Nº 070, NUEVA VISIÓN, NUEVO CURRÍCULO



LEY DE LA EDUCACIÓN AVELINO SIÑANI – ELIZARDO PEREZ Nº 070, NUEVA VISIÓN, NUEVO CURRÍCULO
REFERENCIA AL TEXTO “DISEÑO Y DESARROLLO CURRICULAR” DE  MEZA MORALES JORGE LUIS.
                                                                                  Por JUAN C. VARGAS LUNA
Todo cambio esta regido por una política, y una política siempre sigue a una determinada forma de pensar, pensamiento que también sigue parámetros, dependiendo de la organización que la patrocina y los objetivos que busca.
Los objetivos de Estado, buscan el “Vivir bien”, estos engloban también muchas políticas dependiendo del sector productivo o social, que se aplican.
Los objetivos dentro de la educación también se han cambiado, abrogándose la “Ley 1565 de Reforma Educativa, de fecha 07 de julio de 1994 y la Ley 3009 del Consejo Nacional de Acreditación de Educación Superior”[1].
Un nuevo objetivo obliga a un nuevo Diseño Curricular, es aquí donde la Ley Nº 070 AS-EP. Direcciona y presenta normativas que, a decir de Jorge Luis Meza Morales en el Texto al que se hace referencia “Diseño y Desarrollo Curricular”, nos indica lo que se debe enseñar relacionado a lo que los alumnos deben aprender.
Cumple la nueva ley, un enunciado que, por si mismo denota la dificultad, homogeneizar. Dificultad en antaño fundamental, las diferentes “naciones, pueblos indígena originario campesinos y las comunidades interculturales”[2], que componen el Estado, esta Ley ha sido promulgada bajo objetivos Nacionales, considerando las características propia de pluriculturalidad.
Buscando fundamentos curriculares. Vincular la teoría y la práctica, rescatando practicas de “Warisata”, es también un reto aceptado por la educación transformadora boliviana. Esta problemática es tratada de acuerdo al nivel
Dentro también de las consideraciones curriculares de Meza Morales,  se encuentra el profesorado, llevado a la practica mediante la ejecución de los objetivos del PROFOCOM (Parte también del Plan): “Fortalecer las capacidades , el compromiso social y vocación de servicio de maestras y maestros en ejercicio, a través de procesos formativos orientados a la aplicación del currículo del Sistema Educativo Plurinacional, que concretice el modelo educativo socio comunitario productivo, generando de esta socio comunitario productivo, generando de esta manera las condiciones del nuevo hombre y mujer bolivianos”[3]. También desgajada del Capitulo III  Ley AS-EP, Formación superior de maestros y maestras.
Los objetivos educativos curriculares; que, como y que y como evaluar,  son pertinentes en la aplicación y con mucha relación. Consideraremos la evaluación y su pertinencia.
Es pertinente y considerada la evaluación bajo esta reforma educativa, si, pero evaluando bajo la siguiente óptica:

  •  El ser, evaluado en los valores.
  •  El decidir, evaluado en el Proceso productivo.
  •  El saber.
  •   El hacer, evaluado en la practica de la teoría.


El diseño curricular de la Revolución  educativa que se lleva acabo en Bolivia, esta también empapada del enfoque curricular de Tyler, considerando el alumno y los objetivos. De la visión cultural de Hilda Taba y también su estructura misma, un “Plan de Estudios – Sistema Educativo”, enunciado por Diaz Barriga.
Luego de un periodo pertinente de aplicación, es necesaria la evaluación del currículo ejecutado bajo la legalidad de la ley Nº070 A. Siñani – E. Perez. Incrementar o ahondar procesos de competencia, entendido como: la relación entre el pensamiento y la acción. Es quizás pensar en algo transversal.
Desarrollar las competencias en todos los niveles considerados. Insertar a todos los niveles el empleo de las nuevas TIC`s..
Mucho de los objetivos que se logren con la aplicación de esta revolución educativa, dependerá de un enfoque global, no solo de instituciones directamente ligadas a la educación, un esfuerzo Nacional, pensando siempre que si se educa bien a los niños hoy, el mañana estará mas cerca de un verdadero “VIVIR BIEN” .
BIBLIOGRAFIA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO – 2008
GACETA OFICIAL Ley 070 “AVELINO SIÑANI – ELIZARDO PEREZ”
MEZA Morales Jorge Luis, “Diseño y Desarrollo Curricular”, Red Tercer Milenio
MINISTERIO DE EDUCACION “Boletin informativo” “ 2014.


[1] GACETA OFICIAL Ley 070 “AVELINO SIÑANI – ELIZARDO PEREZ”
[2] CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO - 2008
[3] MINISTERIO DE EDUCACION “Boletin informativo” “ 2014.